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Ecuador y EE.UU.: Por qué ahora un TLC no puede esperar más

En el actual panorama económico y comercial, la posibilidad de que Ecuador concrete un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos se ha convertido en una prioridad estratégica. La inminente publicación, el 1 de abril de 2025, del listado de países con los que Estados Unidos planea iniciar negociaciones comerciales, ha intensificado las gestiones del sector empresarial y del Gobierno ecuatoriano para asegurar la inclusión del país en dicha lista ( e-comex ). Importancia de un TLC con Estados Unidos Estados Unidos es uno de los principales socios comerciales de Ecuador. En 2024, las exportaciones no petroleras hacia este mercado alcanzaron los USD 4.584 millones, representando un crecimiento del 15% en comparación con el año anterior. Sin embargo, la ausencia de un acuerdo comercial coloca a los productos ecuatorianos en desventaja frente a competidores de países que ya cuentan con preferencias arancelarias. Según la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), esta situa...

NUEVOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN EN LA FUENTE ESTABLECE EL SRI

 

A través de la RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC24-00000008 del 

Jueves 29 de febrero de 2024 el SRI resolvió  

expedir nuevos PORCENTAJES DE RETENCIÓN EN LA FUENTE DE IMPUESTO A LA RENTA. A continuación, se resume la información relevante sobre los nuevos porcentajes de retención especificados 
 

  1. Retención del 0% se aplica a intereses pagados a bancos y otras entidades vigiladas por la Superintendencia de Bancos y de la Economía Popular y Solidaria, entre otros casos específicos.
  2.  Porcentajes de retención específicos son establecidos para varios conceptos, incluyendo:
    •  1% para pagos o acreditaciones en cuenta por ciertos conceptos.  
    •  1.75% para la adquisición de bienes muebles de naturaleza corporal, servicios de construcción, y bienes de origen agrícola, entre otros.  
    •  2% para servicios prestados por personas naturales donde prevalezca la mano de obra y pagos realizados por empresas emisoras de tarjetas de crédito a sus afiliados, entre otros.  
    •  2.75% para pagos o créditos en cuenta por facturas emitidas por medios de comunicación y agencias de publicidad.  
    •  3% para ciertos pagos o acreditaciones en cuenta especificados en el documento. 
  3. Excepciones a la retención en la fuente son mencionadas para casos como ingresos exentos según la Ley de Régimen Tributario Interno, ingresos por trabajo en relación de dependencia, y pagos realizados por entidades financieras o empresas emisoras de tarjetas de crédito/debito bajo ciertas condiciones.    
  4. Retenciones en pagos sin un porcentaje específico se sujetan a una retención del 2.75%, salvo indicación específica.    
  5. Pagos a no residentes por servicios ocasionales están sujetos a retenciones, considerando la tarifa general de impuesto a la renta para sociedades o la máxima tarifa para personas naturales en ciertos casos. 

Esta actualización de porcentajes de retención busca adaptarse a las condiciones económicas actuales y garantizar la equidad en la carga tributaria. Es importante que los sujetos pasivos revisen estos cambios para cumplir adecuadamente con sus obligaciones tributarias. 

 

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